Dimensión Económica, IIEc-UNAM
Vol. 2, núm. 5,
enero-abril de 2011

CONTENIDO

Federalismo y
descentralización fiscal en México
Desequilibrios globales,
flujos de capital y reforma
del sistema monetario
Cooperación entre España
y América del Sur
Influencia de la migración
en la calidad de vida: Ecuador
-Reseña -
El nuevo escenario
de la política territorial
-Reseña-
Carlos Marichal:
Las grandes crisis financieras
Nuevas publicaciones Indicadores económicos
Dimensión Económica, IIEc-UNAM
Icono
La cooperación entre España y América del Sur:
La externalización de las políticas de inmigración española
Posgrado en Historia Comparada, Universidad Federal de Río de Janeiro.

1.3. La gobernabilidad de las migraciones por el Estado español y la Unión Europea(...continuación)

Dicho esto, hacemos hincapié que con el Acuerdo de Schengen5 Son parte del Espacio de Schengen: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania y Suecia, disponible en http://www.osun.org/Acordo+de+Schengen-pdf.html, consultada el 11 de marzo de 2010. –que ha adoptado el sistema de libre circulación de personas dentro de un espacio de países europeos–, España pasa a controlar los flujos de acuerdo con las prerrogativas de la Unión Europea. Así, "La transformación de las fronteras españolas en fronteras de Europa ha dado forma a la intervención." (Sala, 2009). Recuérdese que a partir de estas directrices cada país de acuerdo con su experiencia frente a la inmigración direcciona su legislación.

Se entiende, sin embargo, que el inmigrante al entrar en España estará sujeto a las tres esferas legislativas que conviven con la finalidad de un mejor enfrentamiento de los problemas que se refieren a la inmigración.

Con respecto a la Unión Europea, se siguen las bases adoptadas en el Consejo de Europa de Tampere de 1999, donde 15 países firmaron las bases de una política comunitaria de inmigración tornando la actuación del Tratado de Ámsterdam más concreto, proponiendo así cuatro puntos de acción común: (Serra, 2009):

  • Colaborar con los países de origen de inmigración para abatir la pobreza y mejorar el respeto a los derechos humanos;
  • Establecer un sistema común europeo de asilo;
  • Gestionar los flujos migratorios y luchar contra la inmigración irregular y la explotación económica de los inmigrantes, y luchar contra las mafias que se dedican a la trata de personas;
  • Garantizar un trato justo para los residentes no comunitarios, con el fin de concederles derechos y obligaciones comparables a los de los ciudadanos de la Unión Europea.
En este sentido, el primero punto, la cuestión migratoria tiene un gran diferencial para externalizar el sitio de actuación de las políticas, que tienen como objetivo principal la reducción de los factores de repulsión en los países de origen, tales como la pobreza y la precariedad estructural, apoyando el desarrollo a través de la cooperación internacional como un mecanismo de gestión de los flujos.

De acuerdo con la Resolución 58/208 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (2004), que se reunió con el objetivo de discutir sobre migración internacional y desarrollo, invita a los gobiernos a que, con la asistencia de la comunidad internacional, cuando proceda, procuren que la opción de permanecer en su propio país sea viable para todas las personas, en particular mediante iniciativas encaminadas a lograr el desarrollo sostenible que conduzca a un mejor equilibrio económico entre los países desarrollados y los países en desarrollo.

Para regular el flujo, España busca en el derecho internacional medidas de control que se pueden concatenar con su política interna de control de entrada de personas. Luego, los acuerdos multilaterales y bilaterales se constituyen en elementos fundamentales en las relaciones internacionales entre España y América del Sur.

5 Son parte del Espacio de Schengen: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania y Suecia, disponible en http://www.osun.org/Acordo+de+Schengen-pdf.html, consultada el 11 de marzo de 2010.

DIMENSIÓN ECONÓMICA, Vol. 2, No. 5, enero-abril 2011, es una publicación cuatrimestral editada por la Universidad Nacional Autónoma de México a través del Instituto de Investigaciones Económicas. Ciudad Universitaria, Circuito Mario de la Cueva, Ciudad de la Investigación en Humanidades, Coyoacán, C.P. 04510, México, D.F., Tel. (55)56230160, http://rde.iiec.unam.mx, dieco@iiec.unam.mx. Editor responsable: DR. ALEJANDRO MÉNDEZ RODRÍGUEZ. Reservas de Derechos al Uso Exclusivo No. 04-2009-110511395200-203, expedido por el Instituto Nacional del Derecho de Autor, ISSN: en trámite. Responsable de la última actualización de este número, Área editorial de Dimensión económica del Instituto de Investigaciones Económicas, Lic. Erika Martínez López y Lic. Minerva García Palacios, Circuito Mario de la Cueva, Ciudad de la Investigación en Humanidades, Ciudad Universitaria, Coyoacán, C.P. 04510, México, D.F., fecha de la última modificación, 17 de junio del 2011.
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