Marco de referencia(...continuación)
En un estudio de la Comisión Económica para América Latina (cepal 2001:16) se plantea que "Para que la descentralización política favorezca la eficiencia se requerirá que el gasto local estuviera vinculado con los respectivos esfuerzos fiscales, y que los procesos (locales) a través de los cuales se adoptan decisiones sobre provisión de bienes públicos fueran al menos democráticos como los centrales. En América Latina pocas veces se cumple con esas condiciones básicas. Hoy, sin embargo, sería imperativo acrecentar la autonomía de los ámbitos subnacionales para potenciar la competitividad económica."
En el caso específico de México es evidente la necesidad de fortalecer el pacto federal. Asimismo, se observa la presencia de resabios históricos de una amplia divergencia entre el sistema centralista en materia fiscal y el autoritarismo político, no obstante haber cierto grado de diversidad política, cuya relación contradictoria hace un equilibrio inestable a través del cual el gobierno central conserva el monopolio de las principales bases tributarias propiciando una descentralización asimétrica.
En ese tenor, si bien es cierto que en las anteriores constituciones respecto a la actual no se delimitaron las competencias entre los órdenes de gobierno, optándose por un sistema de coincidencia de facultades tributarias, también lo es que en la Carta Magna de 1917 deriva un sistema fiscal intergubernamental resarcitorio que en esencia conlleva a la inequidad tributaria, luego entonces la implantación de un proceso de descentralización compensatorio con fuerte control operativo-administrativo desde el centro.
De hecho, la descentralización económica en México desde finales de los años noventa ha tenido un fuerte problema, ha mantenido un acelerado proceso del lado del ejercicio del gasto en contrapartida con la devolución de potestades tributarias, provocando que el incentivo para reducir la dependencia financiera sea cada vez menor. En ese sentido, la limitación principal para la descentralización fiscal tiende a ser de carácter político (referida al ejercicio del poder y la democratización del mismo), por lo que "No basta descentralizar el gasto, se debe descentralizar también su control, ya que el control último sobre el gasto es la devolución de potestades tributarias, de esa manera se devuelve al elector local el poder de veto sobre las acciones de cada nivel de gobierno" (Morales, 2000).
Asimismo, al estudiar la descentralización fiscal como práctica observamos que los regímenes políticos han avanzado históricamente hacia dos modelos de ordenamiento en sus relaciones financieras con los distintos órdenes de gobierno. Sintéticamente, el modelo centralista se caracteriza porque dicho gobierno recauda la mayor parte de los fondos públicos (principalmente aquellas fuentes de mayor base gravable) y los distribuye mediante un esquema resarcitorio y/o compensatorio entre los restantes niveles de gobierno, de modo tal que éstos se tornan dependientes de dichas transferencias. Mientras que en un modelo menos centralizado, el nivel central de gobierno como los gobiernos locales, tienen por quehacer recaudar la mayor parte de sus fondos para las funciones que tienen encomendadas, siendo minoritarias las transferencias intergubernamentales, es decir se busca el equilibrio vertical para las necesidades del gasto respecto a las fuentes de recursos fiscales entre los órdenes de gobierno (Pineda, 1994: 252-264).