Crónica de una muerte anunciada: la reforma energética |
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Mtra. O. Sarahí Ángeles Cornejo |
3.2.3 Decreto por el que se reforman diversos artículos de la ley de la Comisión Reguladora de Energía
La reforma energética estipuló que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) siga recomendando a la Secretaría de Energía las actualizaciones al marco jurídico en el ámbito de su competencia y participe en la formulación de proyectos de iniciativas de Leyes.17 Además ordenó modificar párrafos de varios artículos para que la CRE regule las actividades en donde participarán inversionistas privados:
- El transporte y distribución de gas, de los productos que se obtengan de la refinación del petróleo y de los petroquímicos básicos, que se realice por medio de ductos, así como el almacenamiento de dichos productos. (Art. 2 párrafo VI).
- El transporte y distribución de biocombustibles que se realice por medio de ductos, así como el almacenamiento de los mismos (Art. 2 párrafo VII), etcétera.
3.2.4 Reforma a la Ley Orgánica de la Administración pública Federal
La iniciativa de reforma a esta Ley estipuló:
i) Promover la participación de los particulares en las actividades del sector y
ii) Otorgar y revocar concesiones, permisos y autorizaciones en materia energética.
3.2.5 Ley de la Comisión del Petróleo
Artículo 1. "Se crea la Comisión del Petróleo como órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía para las operaciones referentes a exploración y explotación de hidrocarburos en sus diversos ámbitos, técnico en plataforma de producción, reposición de reservas, otorgar y revocar los permisos para ejecución, funcionamiento y desmantelamiento de obras, etcétera.
17La Comisión Reguladora de Energía, es el organismo transmisor de la regulación de Estados Unidos para avanzar en la integración energética de los países del TLCAN, de acuerdo a sus intereses.
Vol. 1, Núm. 0, mayo-agosto/2009, ISSN: en trámite D.R. © Dimensión Económica, Revista Digital
Instituto de Investigaciones Económicas-UNAM, Ciudad Universitaria, México D.F.
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